Lo preguntaré sin ambages, ¿Empujar contra la pared y partirle la cara a tu pareja es o no una demostración de poder por parte del agresor? ¿Genera una situación de indefensión y desigualdad para la mujer que recibe el golpe? Yo no tengo duda. Por eso no puedo entender qué tipos de atenuantes legitiman la rebaja de una condena por hechos probados de maltrato físico de un hombre a su pareja. ¿Qué narices justifica eso?
No. No comparto la decisión de la Audiencia Provincial de Murcia y mucho menos su alegación de que “no toda acción de violencia física en el seno de la pareja de la que resulte lesión leve para ésta debe considerarse necesaria y automáticamente violencia de género". ¿A qué se refiere el ponente de la sentencia? ¿Podría explicarnos la tipología de golpes y vejaciones, cuáles pueden considerarse agresiones machistas y cuáles simples bofetones sin importancia? ¿Es una cuestión cuantitativa o cualitativa? Y van dos dictámenes similares en menos de un mes.
Me preocupa especialmente que sentencias de estas características puedan normalizar los actos de violencia hacia la mujer. Llevamos mucho tiempo luchando para que la sociedad sea inflexible ante el maltrato y quien lo ejecuta. Y ahí no podemos dar pasos atrás. Tolerancia cero.
4 comentarios:
Hola Gloria, estoy "casi" de acuerdo contigo. ¿El casi? pues que, según mi información, ninguna de las dos mujeres ratificaron su denuncia ni se presentaron al juicio. Y eso nos lleva a otro de los graves problemas con la violencia de género, pero será cuestión de otro post.
muchas gracias por la data newegg code
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Hola, muy interesante el post, felicitaciones desde Colombia!
Interesante articulo, estoy de acuerdo contigo aunque no al 100%:)
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